martes, 29 de septiembre de 2015

APLICACIÓN DE LA LEY 12/2015, DE 24 DE JUNIO, SEGÚN EL ORIGEN GEOGRÁFICO

La nueva Ley en materia de adquisición de la nacionalidad española por parte de los sefardíes originarios de España, puede resultar un poco ambigua en su exposición de motivos, a la hora de definirlos. Según lo dispuesto en su primer párrafo [se denomina sefardíes a los judíos que vivieron en la Península Ibérica, y en particular, a sus descendientes] pero que [sin embargo, por imperativos de la historia, los judíos volvieron a emprender los caminos de la diáspora, agregándose o fundando comunidades nuevas sobre todo en el Norte de África, en los Balcanes y en el Imperio Otomano].

¿Cómo se hace la numeración? Como se puede observar, se hace por regiones, y no por países. Por un lado, el Norte de África, que podría comprender a Marruecos, Tunez, Argelia, Libia y Egipto. Continua el texto citando a los Balcanes, en franca referencia los países de la Antigua Yugoslavia, Grecia, Rumania y Bulgaria. Y finalmente, hace alusión al Imperio Otomano, antecesor de la zona que ahora componen Turquía, Líbano y Siria.

Va a ser a estos sefardíes, judíos o no, en los casos en que sus antepasados sean originarios de estos países, a los que se les aplicará la nueva Ley.

A tenor de lo expuesto, conviene recordar que existen tres tipos de judíos sefardíes, como de hecho se muestra a continuación, aunque dicha clasificación no es totalmente taxativa:

1) Los de origen español (ya citados anteriormente).

2) Los de origen portugués (que fundamentalmente se encuentran en Brasil, Holanda y EEUU).

3) Los Mizrajies o judíos orientales (originarios de Israel, Irán, Yemen, Jordania e India).

Finalmente, la acreditación de la condición de sefardí originario de España se realizará a través de certificados. ¿Cómo? No dude el consultarnos. Desde nuestro despacho en Málaga le daremos todos los detalles.

sábado, 26 de septiembre de 2015

Derecho a la nacionalidad española para sefardíes

¿Cómo puede obtener la nacionalidad un sefardí? ¿Qué hay de diferente con el procedimiento habitual? Si está leyendo estas líneas, probablemente es porque tenga origen sefardí y esté buscando un abogado que se encargue del procedimiento.

Si quiere conocer las formas que tienen los sefardíes para obtener la nacionalidad española, nuestros abogados se lo explican a continuación. La primera de ellas es demostrar la residencia legal en España, cuya duración sea de al menos dos años. Por esta vía, se permite obtener la nacionalidad de la misma forma que lo hacen los nacionales de muchos otros países, gracias a su especial vinculación con España.

La segunda vía es obtener la nacionalidad por carta de naturaleza. ¿Qué significa esto? Si el interesado consigue reunir los requisitos que exige la ley, obtendrá la nacionalidad.

¿Y qué aporta la nueva ley? Se ha modificado el Código Civil, que cuenta con un nuevo apartado que establece que ser sefardí originario de España, habiendo probado la condición de especial vinculación con este país, es requisito suficiente para optar a la nacionalidad. Además, ahora se permitirá que los sefardíes que opten a la nacionalidad puedan hacerlo sin tener que renunciar a su otra nacionalidad, pudiendo ostentar las dos.

Si quiere saber cómo proceder a conseguir la nacionalidad española, no dude en visitar nuestro despacho de abogados en Málaga. Contamos con un equipo especializado en derecho de extranjería que le asesorará durante todo el proceso.

martes, 22 de septiembre de 2015

Recurso contra denegación de solicitudes

Recurso contra denegación de solicitudes
¿Qué hacer contra una denegación? En algunos casos, las solicitudes de residencia, de visados, de reagrupación, de arraigo, pueden ser desestimadas. En estos casos, surge la oportunidad de recurrir. ¿No sabe cómo hacerlo? Para eso están los abogados: interpondremos los recursos y demandas necesarios para resolver el problema.

El primer paso suele ser el recurso de reposición, es un trámite rápido y sencillo, donde basta con exponer las pruebas que confirman que la resolución ha sido denegada injustamente, y que revisará el propio órgano que la dictó, por lo que no siempre resulta efectivo, dada la poca imparcialidad que se devenga de la situación.

Por tanto, el siguiente paso es acudir a la vía judicial para interponer un recurso contencioso-administrativo. En este caso, será el Juez quien estudie la denegación y nuestra demanda, y resuelva lo que considere oportuno. Al tratarse de un órgano ajeno a la Administración, es más probable que estime nuestra petición.

Si recibe una denegación, no se rinda, si deja su caso en manos de un buen abogado, puede conseguir que se estime su recurso y lograr la autorización que solicitó. Solicite la ayuda de nuestros abogados de Málaga, nuestro trabajo es proteger sus derechos y conseguir sus papeles.

miércoles, 16 de septiembre de 2015

Matrimonio con extranjero

Matrimonio con extranjero
En España, todo el mundo tiene derecho a contraer matrimonio con un extranjero. Para hacerlo, es obligatorio tramitar un expediente gubernativo. Para estos trámites, contar con la ayuda de un abogado de extranjería puede resultar determinante. Nuestro despacho de Málaga lleva años tramitando este tipo de expedientes, así que no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados.

Para iniciar el trámite, el ciudadano extranjero debe conseguir los certificados de su país, de nacimiento, de soltería o divorcio, capacidad para casarse, inscripción consular y certificado sobre la necesidad de publicación de edictos, debiendo estar legalmente traducidos. Aportará su pasaporte o NIE en vigor y el certificado de empadronamiento.

El ciudadano español deberá aportar su partida de nacimiento, su certificado de empadronamiento de los dos últimos años, DNI o pasaporte, fe de vida y estado y, si lo estuviera, la sentencia de divorcio.

Remitiremos la documentación al Registro Civil y seremos citados para una audiencia donde se comprobará que no existan vicios en el consentimiento. Si no hay problemas, el Juez dictará auto y se fijará la fecha de la boda. Tras su celebración, se otorgará el libro de familia y una certificación literal de matrimonio. Desde este momento el cónyuge extranjero se convierte en familiar de un ciudadano comunitario y por lo tanto con derecho a residencia en España en régimen comunitario.

viernes, 11 de septiembre de 2015

SEFARDÍES: INSCRIPCIÓN DE LA NACIONALIDAD

SEFARDÍES: INSCRIPCIÓN DE LA NACIONALIDAD
El proceso para obtener la nacionalidad española puede llegar a ser largo y tedioso. Por eso, desde nuestro despacho de Málaga vamos a tratar de ir arrojando luz sobre ciertos aspectos de la nueva ley 12/2015, de 24 de junio.

Superadas las primeras fases del proceso y una vez que hemos comparecido ante el Notario y se nos ha concedido la nacionalidad española, ¿cómo procedemos a la inscripción de la misma? En primer lugar, debemos obtener una copia de la resolución que nos concede la nacionalidad, y remitir otra al Encargado del Registro Civil correspondiente a la inscripción del nacimiento, o el consulado.

Aún así, tendremos que acudir al consulado que corresponda y llevar la resolución favorable de la Dirección General de los Registros y del Notariado, para solicitar la inscripción. Además, tendremos que solicitar un nuevo certificado de ausencia de antecedentes penales. Una vez allí, ¿qué se deberemos hacer? Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes españolas, para que se inscriba la nacionalidad y poder dar por concluido, finalmente, el proceso.

domingo, 6 de septiembre de 2015

¿Qué es la Tarjeta de Identificación de Extranjeros?

Tarjeta de Identificación de Extranjeros
Cuando un extranjero llega a España y desea residir más de seis meses, debe acreditar que se encuentra en situación legal de residencia en España. Si desconoce los trámites a seguir, nuestros abogados especialistas en derecho de extranjería en Málaga están aquí para ayudarle.

La Tarjeta de identificación de Extranjeros es el documento de identidad donde figura el número de identificación de la persona, sus datos personales, su foto, huella dactilar, y los motivos por los que se otorga, así como la duración de la vigencia.

¿Dónde se pide? Hay que acudir a la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría de Policía de la provincia donde se resida, para proceder al pago de las tasas. Hay que aportar la autorización de residencia, o trabajo, estudios, etc. de la que se disponga para certificar que se reside de forma legal en España. Debe llevar también el pasaporte o la tarjeta de identidad de su país en vigor. Cuando reciba la tarjeta, ésta tendrá validez por el tiempo que sea válida su autorización de residencia en España.

Con la tarjeta, se dota al extranjero de la documentación para acreditar su situación legal en España y se les reconoce el derecho a permanecer en territorio español por un tiempo superior a seis meses. La tarjeta es personal e intransferible. ¿Y si hay hijos menores a cargo? Podrán figurar en la tarjeta del padre o madre, si así lo solicitan éstos, aunque también podrán ser titulares de su propio documento.

viernes, 4 de septiembre de 2015

Centro de Internamiento de Extranjeros

Cuando un extranjero entra de forma ilegal en España o comete algún delito, puede iniciarse contra él un expediente sancionador que proponga su expulsión del territorio español. Mientras se tramita el expediente, es habitual que se interne al extranjero en un centro de internamiento, de manera preventiva. A pesar de estar internado, el extranjero tiene una serie de derechos. ¿Necesita un abogado porque considera que se están violando sus derechos? Nuestros abogados en Málaga se encargan del asunto, llevamos años especializados en derecho de extranjería.

El extranjero debe, en todo momento, estar informado de su situación. Además, se debe velar por el respeto a su vida, integridad física y salud, sin que puedan en ningún caso ser sometidos a tratos degradantes o a malos tratos. También debe poder recibir asistencia médica y sanitaria adecuada y ser asistidos por los servicios de asistencia social del centro.

Podrá comunicarse con sus familiares y personas que desee en el horario establecido, así como tener en su compañía a sus hijos menores, y entrar en contacto con organizaciones de protección de inmigrantes y sus abogados. Si ha recibido una orden de expulsión, nosotros nos encargaremos de recurrirla, y si se están vulnerando sus derechos en el centro de internamiento, nos ocupamos de emprender las medidas legales necesarias para terminar con esa situación.

¿Es extranjero y necesita hacer algún trámite? En estos casos es cuando se necesita a un abogado que esté especializado en el tema, para que pueda resolver las dudas que tenga y le ayude con lo que necesite. A esto nos dedicamos desde hace años en nuestro Despacho de Málaga, donde nos preocupamos por las personas que desean venir a España para vivir, estudiar o trabajar. Si quiere saber cómo podemos ayudarle puede seguir leyendo.

PEDIR LA NACIONALIDAD

Una de las cuestiones más importantes a las que nos dedicamos en nuestro Despacho de Málaga es en ayudar a los extranjeros que, cumpliendo una serie de requisitos, quieren conseguir la nacionalidad española. Haya varias formas de conseguirla: por residencia, por opción, por carta de naturaleza y por posesión de Estado. La más común suele ser la nacionalidad por residencia. Existe un plazo general de 10 años, que se ve reducido en determinados supuestos:

En nuestro Despacho le vamos a ayudar a comprobar si cumple con los requisitos para pedir la nacionalidad española, tanto si es por residencia como si es por otro motivo. Todo lo que tiene que hacer es ponerse en contacto con nosotros pidiendo una cita previa y analizaremos su caso de manera individual. En caso de que tenga que hacer el examen de acceso a la nacionalidad, le explicaremos en qué consiste y le daremos toda la información que necesite.

TRABAJAR EN ESPAÑA

¿Quiere venir a trabajar España teniendo todos los papeles en regla? En estos casos es más importante que nunca contar con un abogado experimentado en extranjería, por varios motivos:
En nuestro país existen dos visados básicos para poder ejercer una actividad remunerada: el visado de trabajo por cuenta ajena y el visado de trabajo por cuenta propia. En el primer caso se trata de personas que trabajan bajo la dirección de otra, la cual se encarga de darle su sueldo y de cotizar por él a la Seguridad Social. Es la forma de trabajar en la que se tiene un jefe, en palabras sencillas. Pero por otro lado, si usted quiere montar su propio negocio puede hacerlo trabajando por cuenta propia: son los llamados autónomos. En este caso usted será su propio jefe y cotizará para sí mismo. Lógicamente también podrá tener empleados que le ayuden en sus tareas.

Nosotros nos encargamos de todo lo necesario para que pueda conseguir su visado en el menor tiempo posible. Si algo sale mal y le deniegan el visado, también podremos recurrir la decisión. Póngase en contacto con nuestro equipo de especialistas si quiere saber más detalles sobre trabajar en España.

HOMOLOGAR ESTUDIOS EXTRANJEROS

Si ha estudiado en otro país es posible que tenga un título y quiera utilizarlo en España. Esto es posible si se hace un trámite que se llama homologación. Tenga en cuenta que cada país tiene su propia organización en el tema de estudios y por ese motivo no todos los títulos se pueden utilizar directamente en otros países. Sabemos que esto tiene sus desventajas pero se puede resolver de manera sencilla si cuenta con un abogado de extranjería que le ayude con el proceso.

Los documentos que se necesitan para este trámite son distintos según el estudio que se haya realizado. De todas formas, si se trata de un título universitario será necesario que exista otro equivalente en España. Por ejemplo: Medicina, Arquitectura, Ingeniería… También es necesario que ese título se considere válido en el país de origen.

Nuestro consejo: póngase en contacto con nosotros para que podamos estudiar su situación e indicarle los siguientes pasos que vamos a dar. Una vez tenga convalidado su título ya podrá disfrutar de todas las ventajas, principalmente poder buscar un trabajo acorde a si titulación.

REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Con mucha frecuencia se dan casos en que un extranjero vive o trabaja en España mientras que su familia (cónyuge, hijos…) están en otro país. Esta situación es muy complicada desde el punto de vista personal. Por fortuna la Unión Europea es consciente de ello y regula el derecho a la reagrupación familiar, que consiste precisamente en ‘traerse’ a su familiar al país de la UE donde usted está viviendo, que en este caso será España.

¿Se encuentra en esta situación? En ese caso, si está interesado en conocer el proceso, nosotros le ayudaremos. Tenemos mucha experiencia previa en estos casos y tratamos de que la reagrupación se realice en el menor tiempo posible. Además, como el Ministerio de Exteriores sabe lo importante que es el trámite, ofrece también un tiempo de resolución bastante breve: 45 días como máximo.

Para llevar a cabo con éxito este proceso es importante llevar toda documentación necesaria y cumplir con una serie de requisitos. Pero no debe preocuparse porque nosotros le explicaremos qué documentos debe aportar, qué familiares son reagrupables, y resolveremos todas las dudas que tenga. De esta forma podrá traerse a su familia con seguridad y con todos los papeles en regla.

ANTENCEDENTES PENALES EN EXTRANJEROS

Tener antecedentes penales supone un ‘lastre’ para cualquier ciudadano, más aún si es extranjero. Esto puede dificultar que pueda entrar en un trabajo por cuenta ajena, o que se presente a una oposición (empleo público). Otra cosa que puede ocurrir es que no le renueven el visado y, en los casos de más gravedad, que sea expulsado de España. ¿Qué puede hacerse en estos casos?

El Código Penal de España permite cancelar los antecedentes penales cuando ha pasado un determinado tiempo. Estos plazos son, para que pueda orientarse, los siguientes: A los extranjeros que se encuentren en esta situación y necesiten ayuda les recordamos que pueden contactar con nosotros para ayudarles a cancelar sus antecedentes penales. Además, si ha recibido una orden de expulsión y quiere recurrirla, también podremos estudiar el caso y presentar una reclamación. Las órdenes de expulsión tienen que ir firmadas siempre por un Juez para ser válidas. Hay que tener en cuenta que estas reclamaciones tienen un plazo determinado para recurrirlas y, por eso, es importante hacerlas lo antes posible. Por eso conviene contactar con un abogado en cuanto tenga conocimiento de la orden de expulsión.

Gracias a nuestra trayectoria en el sector podemos ofrecer un asesoramiento jurídico de calidad a todos los extranjeros que lo necesiten, por lo que solo tiene que llamarnos si quiere saber más.

RESIDENTES DE LA UNIÓN EUROPEA

Muchos de los clientes que contactan con nosotros son extranjeros comunitarios, es decir, personas que vienen de un país de la Unión Europea.

Aunque los trámites se simplifican mucho para los ciudadanos comunitarios, también hay algunas cosas para las que pueden necesitar un abogado de extranjería que les ayude. Por ejemplo: Si va a residir en España por tiempo superior a tres meses, deberá inscribirse en el Registro Central de Extranjeros. También existe una tarjeta para familiares de miembros de la Unión Europea, la cual permite residir de manera válida en España. Para pedirla se recomienda consultar con un abogado que nos ayude a reunir los documentos necesarios y compruebe que cumplimos los requisitos. Finalmente, también podemos ayudarle con un contrato de trabajo o con alguna cuestión relacionada con sus estudios (por ejemplo, si tiene un título de un país de la UE y quiere homologarlo).

En definitiva: cualquier cuestión en la que necesite ayuda, nosotros le ayudaremos a resolverla. Si quiere más información solo tiene que preguntarnos. También le invitamos a que siga leyendo los artículos que encontrará en esta web, ya que le pueden servir de ayuda.

CONSULTE A NUESTROS ABOGADOS DE MÁLAGA

Además de los temas que hemos explicado también hay muchos otros en los que podemos ayudarle. Cuéntenos qué necesita y nuestro equipo se encargará de analizarlo. Nuestros años de experiencia han hecho que cada día más personas acudan a nosotros. Recomendamos a nuestros clientes que nos pidan una cita previa, por teléfono o internet, para poder atenderles más rápido y de manera más eficaz.


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