
Si tiene permiso para un año o más podrá solicitar la denominada reagrupación familiar para reunir a los miembros de su familia en este país, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos como poseer una vivienda digna y los medios suficientes para atender a su familia.
Nuestros abogados estarán de su lado en todos estos trámites y le explicarán a qué familiares en concreto tiene derecho a agrupar, siendo los principales el cónyuge o pareja, los hijos de la persona que reagrupa y del cónyuge, incluidos los que no sean en común pero que se esté en posesión de la patria potestad. Asimismo, podrá reagrupar a los ascendientes suyos o de su cónyuge.
Para lograr el objetivo será necesaria la presentación de unos documentos en concreto que nosotros le ayudaremos a conseguir entre los que se encuentran justificantes de ingresos, un contrato de vivienda, la acreditación de que tiene asistencia sanitaria…
Como es lógico, una vez los familiares ya puedan estar en España deberán contar con los permisos o visados necesarios, ya que si se observa alguna irregularidad, se denegaría dicha solicitud.
Si tiene dudas sobre este servicio contacte con nuestros abogados especialistas en Extranjería y se las resolveremos sin problema. Recuerde que estamos en Málaga para todo lo que necesite.