jueves, 10 de diciembre de 2015

Recursos contra la denegación de la nacionalidad española

¿Qué podemos hacer ante una resolución denegatoria? Interponer un recurso por la denegación de la nacionalidad española.

¿Qué tipos de recursos existen? El Recurso Potestativo de Reposición, y el Recurso Contencioso-Administrativo.

Para el Recurso Potestativo de Reposición, ¿de qué plazo disponemos? Del plazo de un mes, desde que nos notifican la denegación. ¿Y a dónde irá dirigido? Al mismo órgano que ha resuelto, es decir, a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Para el Recurso Contencioso-Administrativo, que se resolverá por vía judicial, ¿de qué plazo disponemos? Del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de la notificación. ¿Y a dónde irá dirigido? A la Audiencia Nacional.

Así como en el caso del Recurso de Reposición es posible redactarlo y presentarlo sin necesidad de abogado, ¿qué ocurrirá en los supuestos de Recursos Contencioso-Administrativos? Que obligatoriamente necesitaremos de abogado y de procurador para interponerlo.

Desde nuestro despacho en Málaga, nos encargaremos por tanto de asesorarle y de prestarle nuestra ayuda en todos aquellos trámites que resulten necesarios, para que pueda recurrir su denegación de la nacionalidad con las máximas garantías. Ha de saber, que a nuestro equipo de abogados les avala una gran experiencia y una dilatada trayectoria en todo lo relativo al derecho de extranjería y concretamente en materia de recursos por denegación de nacionalidad. No se lo piense, y contacte con nosotros.


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