miércoles, 11 de noviembre de 2015

Centros de Acogida a Refugiados (C.A.R.)

Centros de Acogida a Refugiados (C.A.R.)
¿Qué son los C.A.R.? Son establecimientos públicos destinados a prestar alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria a estas personas, así como otros servicios sociales encaminados a facilitar la convivencia e integración en la comunidad a todos aquellos que hayan solicitado asilo en España; o habiendo obtenido la condición de refugiado o desplazado en España, carezcan de los medios económicos suficientes para atender a sus necesidades y a las de su familia.

En este sentido, ¿qué personas podrán ser beneficiarios de los C.A.R.? Aquellas personas que reúnan alguna de las siguientes condiciones:
  • Haber solicitado o ser beneficiario de protección internacional en España.
  • Estar en posesión del documento pertinente que acredite su condición de solicitante o beneficiario de protección internacional del estatuto de apátrida o protección temporal en España.
  • Haber solicitado protección internacional y no ser admitida a trámite la solicitud, cuando haya aceptado un Estado miembro la responsabilidad de examinar su solicitud de asilo.
En todo caso, ¿qué requisitos será necesario cumplir?
  • Carecer de trabajo o de medios económicos para atender sus necesidades y las de su familia.
  • No padecer enfermedades transmisibles o discapacidades físicas o psíquicas que puedan alterar la normal convivencia en el centro.
  • Aceptar de forma expresa la normativa por la que se rige el centro.

jueves, 29 de octubre de 2015

¿CÓMO RECUPERAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?

¿CÓMO RECUPERAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
¿Ha perdido la nacionalidad española? ¿Quiere recuperarla y no sabe cómo? Nosotros se lo explicamos.

1) ¿Debo cumplir algún requisito?

En primer lugar, tiene usted que residir legalmente en España y no ser emigrante ni hijo de emigrantes. Si cumple este requisito, o sin cumplirlo obtiene dispensa del Ministerio de Justicia, tendrá que acudir al Registro Civil y declarar allí su voluntad de recuperar la nacionalidad.

2) ¿Y una vez declarada la voluntad? Tras declarar la voluntad, deberá inscribir la [recuperación de la nacionalidad] en el mismo Registro Civil ante el que declaró dicha voluntad.

3) ¿Y si no me encuentro en España? En ese caso, tendrá que realizar los trámites en el Consulado Español del país en el que se encuentre.

4) ¿Resulta necesario obtener una habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad? Sólo en algunos casos, para los cuales le será de gran ayuda contar con el apoyo de abogados especializados en materia de extranjería. Nos estamos refiriendo a aquellos supuestos en los que la persona interesada no es española de origen, y la pérdida se ha producido bien por haber utilizado la nacionalidad que declaró renunciar al adquirir la española, bien porque entró voluntariamente al servicio de armas o ejerció cargo político fuera de España contra la prohibición expresa del Gobierno. Además, también será necesaria la autorización para aquellos casos en los que exista una sentencia firme que declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

¿Todavía tiene dudas? Recuerde que nuestro equipo de profesionales cuenta con una dilatada experiencia, factor no poco importante, que nos ayudará a atenderle como se merece. Contáctenos, estamos en Málaga.

domingo, 25 de octubre de 2015

Rechazo en el aeropuerto

Rechazo en el aeropuerto
El rechazo en el aeropuerto puede ser una situación conflictiva y estresante. ¿Cuáles son los motivos para ser rechazado en el aeropuerto? Es bastante habitual que seamos llamados para el control, pero para ser rechazado, tiene que haber causas estipuladas por ley que lo permitan: haber sido expulsado con anterioridad, estar sujeto a reclamación internacional por crímenes, significar un peligro para el orden y/o la salud públicos o negarse a especificar el objeto y condiciones del viaje.

Los funcionarios responsables del control de entrada pueden exigir la presentación de ciertos documentos que sirvan como medio de prueba para justificar la entrada en el país. ¿Qué documentos esperan?
-Billetes de ida y vuelta de un circuito turístico,
-Invitaciones de empresas, tarjetas de acceso a ferias o congresos,
-Documentos de los que se desprendan relaciones comerciales de carácter profesional, del lugar de hospedaje, confirmación de reserva de un viaje, certificados de participación en eventos, etc.
-Si se trata de estudiantes, normalmente bastará con la matrícula o documentación que justifique la admisión en un centro de enseñanza.

En momentos tensos como este, contar con la ayuda de un abogado profesional es determinante para evitar una expulsión del país sin antes haber sido siquiera intervenido por el Juez. Para evitar mayores desavenencias, puede confiar en nuestros abogados de extranjería en Málaga. Nuestra finalidad es evitar la expulsión.

jueves, 22 de octubre de 2015

Avalancha de inmigrantes en el paso de Calais

Avalancha de inmigrantes en el paso de Calais
Miles de inmigrantes tratando de cruzar las fronteras del Canal de la Mancha para llegar a Reino Unido. Ese ha sido el titular de los periódicos estivales este año. Ante la magnitud de la situación, parece que Europa comienza a abrir los ojos. Ahora que la situación ha llegado a los países del norte también, se empieza a pensar en qué está pasando realmente y cómo debe actuar la Unión Europea al respecto. ¿Las reacciones? De lo más dispersas. Xenofobia, apoyo, curiosidad, preocupación, indiferencia...

Desde nuestro despacho de abogados de Málaga, hemos querido aportar nuestros conocimientos para dar un punto de vista razonable sobre la situación. Seres humanos somos todos, y nuestras necesidades son las mismas. Trabajo para una vida digna. Cada cuál con sus aspiraciones pero, al menos, derecho a una vida digna. Y es que los inmigrantes no llegan a Europa por placer. Son muchos los que pierden sus vidas en el intento. ¿Por qué? No podemos imaginar la crudeza de la situación en la que viven en sus países para verse con la necesidad de huir en semejantes condiciones.

No es cuestión de reforzar controles para expulsarlos o repatriarlos, sino para darles información acerca de sus derechos, ayudarles en la tramitación de sus visados y permisos y velar por una regularización de su situación, para que puedan establecerse en nuestros países de manera legal, y gozar de la protección de sus derechos, los derechos humanos.

jueves, 15 de octubre de 2015

Homologación de títulos universitarios extranjeros

Homologación de títulos universitarios extranjeros
Hoy en día, existe la oportunidad de que extranjeros o personas que hayan estudiado fuera de España, puedan homologar su título universitario. La homologación es el reconocimiento oficial de que se ha obtenido un título extranjero, que se equipara a la formación que exige nuestro país para poder ejercer una profesión regulada en las mismas condiciones que un ciudadano con título universitario español.

Nuestros abogados de Málaga le ayudan con el trámite. Será necesario demostrar la identidad del solicitante (mediante pasaporte u otro documento de identificación), así como acreditar que el título del país de origen ha sido emitido por una autoridad competente, su duración y nivel académico, para hallar la correspondencia con el sistema español. A continuación, se presentará esta documentación ante el Registro de la Administración General del Estado o la Comunidad Autónoma.

Para iniciar el procedimiento que convalidará el título, es imprescindible abonar la tasa administrativa exigida. Una vez justificado este pago, el plazo para resolver y notificar la resolución del proceso y la homologación del título será de seis meses desde que la solicitud fue recibida por el Ministerio de Educación.

En el caso de que se detecten carencias en el título extranjero, la homologación no será denegada, sino que se ofrecerá la oportunidad al interesado de superar unos requisitos formativos complementarios para obtener la completa convalidación.

viernes, 9 de octubre de 2015

Recuperar la nacionalidad española

Recuperar la nacionalidad españolaCuando se ha perdido la nacionalidad española, recuperarla es posible cuando se cumplen ciertos requisitos. En primer lugar, el interesado en recuperarla debe residir legalmente en España, siempre y cuando no sea emigrante ni hijo de emigrantes. No obstante, el Ministerio de Justicia puede dispensar de este requisito cuando concurran causas excepcionales. En segundo lugar, se deberá declarar ante el Registro Civil la voluntad de recuperar la nacionalidad, y finalmente, inscribir la recuperación en el Registro Civil. Si se encuentra fuera de España, estos trámites se pueden realizar en el Consulado.

Aunque no parezca un proceso difícil, le será de gran ayuda contar con el apoyo de nuestros abogados porque, en algunos casos, es necesario obtener una habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad. Esto sucede cuando la persona interesada no es española de origen, y la pérdida se ha producido bien por haber utilizado la nacionalidad que declararon renunciar al adquirir la española, bien porque entraron voluntariamente al servicio de armas o ejerzan cargo político fuera de España contra la prohibición expresa del Gobierno, bien cuando una sentencia firme declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

En cualquier caso, le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro despacho de abogados de Málaga. Somos expertos en derecho de extranjería y podemos ofrecerle las mejores soluciones a sus problemas.

lunes, 5 de octubre de 2015

Empadronamiento de extranjeros

Empadronamiento de extranjeros
El empadronamiento es un documento que certifica el tiempo que se permanece en el territorio español. Cualquier persona, sea nacional o extranjera, puede inscribirse en el Padrón municipal. El único requisito es establecer un domicilio, que podrá hacerse tanto por compra, como por alquiler, o bien desde la casa de un familiar o conocido.

Es muy recomendable no demorar la inscripción en el Ayuntamiento, puesto que sirve como prueba de arraigo para conseguir los papeles definitivos, tener acceso a prestaciones y ayudas sociales, etc. El empadronamiento permite solicitar permisos de residencia y trabajo, asistencia sanitaria, homologación del carné de conducir, inscribir a los hijos en el colegio, etc.

El empadronamiento sólo deberá renovarse, y cada dos años, en el caso de extranjeros sin autorización de residencia permanente. En el resto de casos, una vez inscritos, podemos olvidarnos de este trámite.

Ante traslado de domicilio, debe solicitarse por escrito en alta en el nuevo municipio donde se vaya a establecer la residencia. Los propios municipios se encargan entonces de notificar la baja en el padrón anterior y el alta en el nuevo.

Nuestro despacho de abogados en Málaga ofrece este servicio a todos los extranjeros que llegan a España o nacionales que trasladen su domicilio y deseen empadronarse en el nuevo. Nos ocupamos de su papeleo, consúltenos.
¿Es extranjero y necesita hacer algún trámite? En estos casos es cuando se necesita a un abogado que esté especializado en el tema, para que pueda resolver las dudas que tenga y le ayude con lo que necesite. A esto nos dedicamos desde hace años en nuestro Despacho de Málaga, donde nos preocupamos por las personas que desean venir a España para vivir, estudiar o trabajar. Si quiere saber cómo podemos ayudarle puede seguir leyendo.

PEDIR LA NACIONALIDAD

Una de las cuestiones más importantes a las que nos dedicamos en nuestro Despacho de Málaga es en ayudar a los extranjeros que, cumpliendo una serie de requisitos, quieren conseguir la nacionalidad española. Haya varias formas de conseguirla: por residencia, por opción, por carta de naturaleza y por posesión de Estado. La más común suele ser la nacionalidad por residencia. Existe un plazo general de 10 años, que se ve reducido en determinados supuestos:

En nuestro Despacho le vamos a ayudar a comprobar si cumple con los requisitos para pedir la nacionalidad española, tanto si es por residencia como si es por otro motivo. Todo lo que tiene que hacer es ponerse en contacto con nosotros pidiendo una cita previa y analizaremos su caso de manera individual. En caso de que tenga que hacer el examen de acceso a la nacionalidad, le explicaremos en qué consiste y le daremos toda la información que necesite.

TRABAJAR EN ESPAÑA

¿Quiere venir a trabajar España teniendo todos los papeles en regla? En estos casos es más importante que nunca contar con un abogado experimentado en extranjería, por varios motivos:
En nuestro país existen dos visados básicos para poder ejercer una actividad remunerada: el visado de trabajo por cuenta ajena y el visado de trabajo por cuenta propia. En el primer caso se trata de personas que trabajan bajo la dirección de otra, la cual se encarga de darle su sueldo y de cotizar por él a la Seguridad Social. Es la forma de trabajar en la que se tiene un jefe, en palabras sencillas. Pero por otro lado, si usted quiere montar su propio negocio puede hacerlo trabajando por cuenta propia: son los llamados autónomos. En este caso usted será su propio jefe y cotizará para sí mismo. Lógicamente también podrá tener empleados que le ayuden en sus tareas.

Nosotros nos encargamos de todo lo necesario para que pueda conseguir su visado en el menor tiempo posible. Si algo sale mal y le deniegan el visado, también podremos recurrir la decisión. Póngase en contacto con nuestro equipo de especialistas si quiere saber más detalles sobre trabajar en España.

HOMOLOGAR ESTUDIOS EXTRANJEROS

Si ha estudiado en otro país es posible que tenga un título y quiera utilizarlo en España. Esto es posible si se hace un trámite que se llama homologación. Tenga en cuenta que cada país tiene su propia organización en el tema de estudios y por ese motivo no todos los títulos se pueden utilizar directamente en otros países. Sabemos que esto tiene sus desventajas pero se puede resolver de manera sencilla si cuenta con un abogado de extranjería que le ayude con el proceso.

Los documentos que se necesitan para este trámite son distintos según el estudio que se haya realizado. De todas formas, si se trata de un título universitario será necesario que exista otro equivalente en España. Por ejemplo: Medicina, Arquitectura, Ingeniería… También es necesario que ese título se considere válido en el país de origen.

Nuestro consejo: póngase en contacto con nosotros para que podamos estudiar su situación e indicarle los siguientes pasos que vamos a dar. Una vez tenga convalidado su título ya podrá disfrutar de todas las ventajas, principalmente poder buscar un trabajo acorde a si titulación.

REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Con mucha frecuencia se dan casos en que un extranjero vive o trabaja en España mientras que su familia (cónyuge, hijos…) están en otro país. Esta situación es muy complicada desde el punto de vista personal. Por fortuna la Unión Europea es consciente de ello y regula el derecho a la reagrupación familiar, que consiste precisamente en ‘traerse’ a su familiar al país de la UE donde usted está viviendo, que en este caso será España.

¿Se encuentra en esta situación? En ese caso, si está interesado en conocer el proceso, nosotros le ayudaremos. Tenemos mucha experiencia previa en estos casos y tratamos de que la reagrupación se realice en el menor tiempo posible. Además, como el Ministerio de Exteriores sabe lo importante que es el trámite, ofrece también un tiempo de resolución bastante breve: 45 días como máximo.

Para llevar a cabo con éxito este proceso es importante llevar toda documentación necesaria y cumplir con una serie de requisitos. Pero no debe preocuparse porque nosotros le explicaremos qué documentos debe aportar, qué familiares son reagrupables, y resolveremos todas las dudas que tenga. De esta forma podrá traerse a su familia con seguridad y con todos los papeles en regla.

ANTENCEDENTES PENALES EN EXTRANJEROS

Tener antecedentes penales supone un ‘lastre’ para cualquier ciudadano, más aún si es extranjero. Esto puede dificultar que pueda entrar en un trabajo por cuenta ajena, o que se presente a una oposición (empleo público). Otra cosa que puede ocurrir es que no le renueven el visado y, en los casos de más gravedad, que sea expulsado de España. ¿Qué puede hacerse en estos casos?

El Código Penal de España permite cancelar los antecedentes penales cuando ha pasado un determinado tiempo. Estos plazos son, para que pueda orientarse, los siguientes: A los extranjeros que se encuentren en esta situación y necesiten ayuda les recordamos que pueden contactar con nosotros para ayudarles a cancelar sus antecedentes penales. Además, si ha recibido una orden de expulsión y quiere recurrirla, también podremos estudiar el caso y presentar una reclamación. Las órdenes de expulsión tienen que ir firmadas siempre por un Juez para ser válidas. Hay que tener en cuenta que estas reclamaciones tienen un plazo determinado para recurrirlas y, por eso, es importante hacerlas lo antes posible. Por eso conviene contactar con un abogado en cuanto tenga conocimiento de la orden de expulsión.

Gracias a nuestra trayectoria en el sector podemos ofrecer un asesoramiento jurídico de calidad a todos los extranjeros que lo necesiten, por lo que solo tiene que llamarnos si quiere saber más.

RESIDENTES DE LA UNIÓN EUROPEA

Muchos de los clientes que contactan con nosotros son extranjeros comunitarios, es decir, personas que vienen de un país de la Unión Europea.

Aunque los trámites se simplifican mucho para los ciudadanos comunitarios, también hay algunas cosas para las que pueden necesitar un abogado de extranjería que les ayude. Por ejemplo: Si va a residir en España por tiempo superior a tres meses, deberá inscribirse en el Registro Central de Extranjeros. También existe una tarjeta para familiares de miembros de la Unión Europea, la cual permite residir de manera válida en España. Para pedirla se recomienda consultar con un abogado que nos ayude a reunir los documentos necesarios y compruebe que cumplimos los requisitos. Finalmente, también podemos ayudarle con un contrato de trabajo o con alguna cuestión relacionada con sus estudios (por ejemplo, si tiene un título de un país de la UE y quiere homologarlo).

En definitiva: cualquier cuestión en la que necesite ayuda, nosotros le ayudaremos a resolverla. Si quiere más información solo tiene que preguntarnos. También le invitamos a que siga leyendo los artículos que encontrará en esta web, ya que le pueden servir de ayuda.

CONSULTE A NUESTROS ABOGADOS DE MÁLAGA

Además de los temas que hemos explicado también hay muchos otros en los que podemos ayudarle. Cuéntenos qué necesita y nuestro equipo se encargará de analizarlo. Nuestros años de experiencia han hecho que cada día más personas acudan a nosotros. Recomendamos a nuestros clientes que nos pidan una cita previa, por teléfono o internet, para poder atenderles más rápido y de manera más eficaz.


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